Claves de la nueva Propuesta de Reglamento de Envases de la UE
Cada europeo genera una media de casi 180 kg de residuos de envases al año. Los envases son uno de los principales consumidores de materiales vírgenes, ya que representan el 40% de los plásticos y el 50% del papel utilizados en la UE. Si no se toman medidas, en 2030 los residuos de envases aumentarán en la UE un 19% y los de plástico un 46%. La Comisión Europea considera que el nuevo Reglamento sobre envases y residuos de envases es un instrumento importante para hacer frente a este problema cada vez mayor.
El Reglamento de Envases y Residuos de Envases, también conocido como Directiva de Envases, es un conjunto de normas que la Unión Europea (UE) ha puesto en marcha para gestionar los envases y residuos de envases de forma respetuosa con el medio ambiente. Fue adoptada por primera vez por la UE en 1994 y desde entonces se ha ido actualizando para incluir objetivos más ambiciosos de reciclado y reducción de residuos. La actualización más reciente de la directiva fue la adopción de la Directiva sobre plásticos de un solo uso en 2019, que incluye medidas específicas para reducir el impacto medioambiental de determinados productos de plástico de un solo uso.
Desde el 3 de julio de 2021, la UE ya no permite la comercialización en los Estados miembros de determinados artículos de plástico de un solo uso, como cubiertos, platos, pajitas, agitadores, bastoncillos de algodón, envases de alimentos y bebidas fabricados con poliestireno expandido y productos fabricados con plásticos oxodegradables. La Directiva exige a los Estados miembros que tomen medidas para frenar el consumo de estos productos, por ejemplo mediante objetivos de reducción del consumo, requisitos de diseño y requisitos de etiquetado. La Directiva también exige a los Estados miembros que introduzcan sistemas de responsabilidad ampliada del productor para determinados productos de plástico de un solo uso.
Detallamos a continuación 3 claves para entender las implicaciones de la propuesta.
1. Reciclabilidad
Según la propuesta, todos los envases comercializados en la UE deberán ser reciclables. Para ser considerados "reciclables", los envases tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- Estar diseñados para el reciclado (a partir del 1 de enero de 2030)
- Recogerse por separado
- Tener la capacidad de ser reciclados a gran escala (a partir del 1 de enero de 2035)
- Tener el potencial de ser reciclados de tal manera que las materias primas secundarias obtenidas sean de calidad suficiente para sustituir a las materias primas primarias.
Se necesitará legislación secundaria para poder traducir lo anterior en ejemplos prácticos. Por ejemplo, aún no se ha especificado el diseño para el reciclado. Además, la Comisión quiere establecer el llamado sistema de rendimiento del reciclado. Los envases se clasificarán según su reciclabilidad de la A a la E. E significa no reciclable y, por tanto, prohibido en el mercado de la UE.
2. Reutilización
La propuesta del PPWD quiere que todos los envases comercializados en la UE se diseñen y utilicen para maximizar su reutilización. Los objetivos específicos de reutilización se aplicarán a los sectores de la restauración y el comercio electrónico, y también afectarán a los envases de transporte.
Los minoristas que comercialicen envases reutilizables tendrán que garantizar que existe un sistema de reutilización para dichos envases. Por ejemplo, los envases de consumo para bebidas alcohólicas y no alcohólicas (excluido el vino) tendrán que cumplir un objetivo de reutilización del 10%, que aumentará al 25% en 2040. Se aplicarán normas aún más estrictas a los envases de comida para llevar, que tendrán que cumplir un objetivo de reutilización del 40% en 2040.
En cuanto a los envases de transporte, se aplicará un objetivo de reutilización del 100% para el transporte de productos
- dentro de un Estado miembro.
- entre varios centros de una misma empresa o entre una empresa y sus filiales o socios.
Esto se aplica a palés, cajas (excluido el cartón), bandejas, cajas de plástico, contenedores intermedios para productos a granel, bidones y latas de todos los tamaños y materiales, incluidos los formatos flexibles, utilizados para el transporte de envases de productos comercializados por primera vez a través del comercio electrónico, y será del 10% a partir de enero de 2030 y del 50% a partir de enero de 2040.
3. Tamaño de los envases
Cada unidad de envase debe reducirse a su tamaño mínimo en términos de peso y volumen. El ratio de espacio vacío (diferencia entre el volumen total del envase agrupado, de transporte o de comercio electrónico y el volumen del envase de venta en su interior) no superará el 40%.
[Este contenido ha sido reelaborado a partir de Waste Management World. Lee el original aquí]