La Directiva europea sobre RAEE a examen
El examen de esta Directiva está estrechamente relacionado y complementado con la Propuesta de revisión de la Directiva sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos 2002/96/EC, (RUSP, ROHs en inglés).
Ambas normativas están diseñadas para gestionar adecuadamente los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, de manera que el proceso de tratamiento y reciclado de estos equipos sea sostenible y no suponga ningún riesgo para la salud de las personas ni para el medio ambiente.
Durante los trámites, España ha apoyado el establecimiento de medidas para fomentar la recuperación de los recursos contenidos en los aparatos eléctricos para incluirlos de nuevo en los flujos de fabricación. A nivel europeo, se considera necesario establecer una legislación más firme para que pueda englobar una más amplia recogida y reciclado del volumen creciente de este flujo de residuos con el fin de proteger el medio ambiente y la salud humana.
Así pues, se considera preciso revisar la Directiva en aras a poder establecer medidas concretas para actuar en la prevención y la reducción de los impactos negativos asociados a la gestión de este tipo de residuos.
De esta manera, España ha defendido en el seno del Consejo de Ministros de Medio Ambiente que a través de la fijación de objetivos de eficiencia en las plantas de tratamiento se podrá garantizar el retorno de materias primas para mantener el nivel de competitividad de las industrias europeas y evitar las pérdidas de recursos ocurridas debido a los transportes ilegales de estos residuos en deficientes condiciones de seguridad.
Uno de los aspectos concretos propuestos para mejorar la efectividad de la recogida selectiva de RAEEs es la inclusión de objetivos escalonados calculados como porcentaje de los residuos recogidos respecto a los productos puestos en el mercado tres años antes. Durante los cuatro primeros años de entrada en vigor de la Directiva, se mantiene el objetivo mínimo de 4 Kg por habitante y año, después se marca una recogida anual mínima del 45 % y a los ocho años se ha de conseguir el 65%.
Estos datos se revisarán para fijar objetivos específicos para algunas categorías. En cualquier caso, lo fundamental es que, tras el largo debate europeo, se ha podido aprobar conjuntamente el Acuerdo Político que permitirá al Consejo negociar un acuerdo en segunda lectura con el Parlamento Europeo en los próximos meses.
manuelfloresv (cc)
Bruselas