Puerta a puerta: así funciona el sistema que mejora la tasa de separación en origen
La Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (Ley 7/2022) regula dos nuevos impuestos que están en vigor desde el 1 de enero de 2023: el primero de ellos, sobre los envases de plástico no reutilizables y el segundo sobre los residuos en vertederos, la incineración y la cogeneración de residuos.
La nueva tasa estatal sustituirá a las ya existentes y se aplicará en todo el territorio nacional, incluyendo a las dos regiones forales, que adaptarán el impuesto a sus regímenes propios. El nuevo impuesto gravará la entrega de residuos en vertederos e incineradoras para su eliminación y su valorización energética. A la base imponible, constituida por el peso de los desechos expresado en toneladas métricas, se le aplicarán diferentes tipos para obtener la cuota íntegra o factura. Por ejemplo, en el caso de residuos depositados en vertederos no peligrosos, se aplicará una tasa de 40 euros por tonelada de desperdicio municipal. En instalaciones de incineración se aplicarán tipos que oscilan entre los 5 y los 20 euros en función del tipo de valorización.
El artículo 91 de la Ley define que el contribuyente es quien realiza el hecho imponible, mientras que el sustituto del contribuyente es el gestor de la instalación, quien debe repercutir el importe sobre el contribuyente.
La ley da tres años a los ayuntamientos para que actualicen las tasas municipales de basura con criterios de economía circular. El objetivo es optar por fórmulas más selectivas que incrementen el coste a quienes más desechos depositen o a quienes menos reciclen.
Dos de los sistemas que pueden ayudar a conseguir este objetivo son el puerta a puerta y los contenedores cerrados con identificación. Ello conlleva la posibilidad de personalizar y modificar los permisos de apertura de los contenedores de cada ciudadano; de aplicar bonificaciones en la tasa de basura para incentivar la recogida selectiva; de programar la frecuencia de depósito a 1 o 2 días a la semana y así, potenciar indirectamente la utilización de los contenedores de recogida selectiva (envases, orgánico, papel y vidrio) y analizar la información resultante.
Otro punto importante, a la hora de elegir el contenedor para implantar este sistema, es el de disponer de un buen cierre, compatible con la mayoría de los sistemas de identificación disponibles en el mercado. El objetivo es asegurar que la persona usuaria siempre lo encuentre cerrado y, por lo tanto, que se puedan aplicar tasas justas sin posibles quejas por parte de la ciudadanía.
[Este contenido ha sido adaptado a partir de Equipamiento y Servicios Municipales. Lee el original aquí]