El transporte de mercancías incorpora nuevos requisitos para la gestión electrónica del control administrativo
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado las especificaciones técnicas que deberán cumplir los sistemas informáticos y los documentos electrónicos de control administrativo (DeCA), cuya utilización será obligatoria a partir del 5 de octubre de 2026 en el transporte interior de mercancías por carretera. La medida impulsa la digitalización del sector, mejora la trazabilidad documental y facilita las labores de inspección, con implicaciones para actividades como el transporte de residuos, mercancías peligrosas o subproductos animales.
Principales novedades de la resolución
- Obligatoriedad del formato electrónico. El Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA) sustituirá al documento en papel en los transportes nacionales de mercancías por carretera, incluidos los servicios de cabotaje.
- Aplicaciones adaptadas a nuevos requisitos técnicos. Los programas utilizados para generar el DeCA deberán incorporar toda la información exigida por la normativa y crear el fichero electrónico antes del inicio del transporte.
- Mayor trazabilidad documental. Los sistemas deberán registrar la fecha y hora de creación del documento, así como cualquier modificación posterior, garantizando un historial de cambios durante todo el proceso.
- Repositorio digital accesible. Cada documento deberá almacenarse en un repositorio electrónico y disponer de una URL única, desde la que pueda descargarse durante una inspección en carretera.
- Formato PDF nativo. Los documentos deberán generarse directamente en formato PDF (máximo 5 MB). No serán válidos archivos obtenidos mediante escaneo de documentos en papel o imágenes digitalizadas.
- Código QR obligatorio. El PDF incorporará un código QR enlazado a la URL del documento, permitiendo a los agentes de inspección acceder directamente al fichero sin necesidad de autenticación ni credenciales.
- Conservación de la documentación. Tanto el cargador contractual como el transportista efectivo deberán conservar el documento electrónico durante, al menos, un año.
- La firma electrónica no será obligatoria. La resolución aclara que el DeCA no necesitará firma para ser válido. No obstante, cuando se integre en documentos contractuales que sí la requieren, como la carta de porte electrónica, deberá emplearse una firma electrónica avanzada o cualificada conforme al Reglamento eIDAS.
- Actualización durante el transporte. Si es necesario modificar la información del documento, podrá actualizarse el PDF existente o generar uno nuevo con una URL y un código QR diferentes. El conductor deberá disponer siempre de la versión vigente.
Integración con la documentación del transporte de residuos
Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es que el DeCA podrá integrarse en otros documentos utilizados en el transporte de mercancías, siempre que incorporen toda la información exigida por la normativa. Entre ellos se incluyen:
- Documentos de traslado de residuos.
- Documentación ADR para mercancías peligrosas.
- Documentación SANDACH.
- Carta de porte y otros documentos logísticos.
Esta interoperabilidad permitirá reducir la duplicidad documental y avanzar hacia una gestión más digitalizada de los movimientos de mercancías, especialmente en sectores regulados como el de los residuos.
Un paso hacia la digitalización del transporte
Con esta resolución, el Ministerio establece un marco técnico común para la gestión electrónica de la documentación de transporte. La medida busca mejorar la trazabilidad de las operaciones, agilizar las inspecciones y favorecer la interoperabilidad entre plataformas digitales, contribuyendo a una gestión más eficiente y segura de la cadena logística.






