Solicitan que el CSN aclare ante la Audiencia Nacional sus "contradicciones" sobre Palomares
Ecologistas en Acción ha solicitado a la Audiencia Nacional que requiera al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) para que "aclare" si considera Palomares (Almería) como un "área contaminada" o, por el contrario, se reafirma en lo que ha mantenido a lo largo del pleito que se sigue ante este tribunal, que pasa por que es solo un caso de "exposición perdurable".
"Es sumamente relevante para el presente procedimiento que el CSN lo aclare pues la normativa a aplicar en ambas clasificaciones es muy diferentes y también lo son los criterios radiológicos", indica en el escrito de ampliación de hechos presentado ante la Sección 7º de la sala de lo Contencioso-administrativo de la AN que debe decidir si obliga al regulador atómico a fijar una fecha para llevar a cabo en plan de limpieza de residuos radioactivos en la pedanía de Cuevas del Almanzora.
El citado escrito se produce a raíz del documento hecho público el pasado día 3 por el CSN y en el que, según advierte el colectivo ecologista, se informa de la existencia de seis "áreas contaminadas contempladas en el artículo 81 del Real Decreto que modifica el Reglamento sobre sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas y a las que les es de aplicación el citado reglamento".
Indica el demandante que el regulador atómico incluye Palomares "entre esas seis áreas contaminadas", lo que "contradice lo sostenido a lo largo de este procedimiento judicial sobre que Palomares constituye exclusivamente un caso de 'exposición perdurable' del artículo 58 del Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes sin que le sea de aplicación el reglamento sobre instalaciones nucleares". La diferencia, según explica Ecologistas en Acción, influye directamente en cómo se debe realizar la limpieza de la zona. Así, si se aplica la clasificación de "área contaminada", la actividad residual presente en terreno una vez este se rehabilite "no debe superar el valor de 0,1 mSv/año" mientras que, si se aplica como ha hecho hasta ahora la categoría de "exposición perdurable", ese criterio radiológico sube a 1 mSV/a, "excepto en la zona 6, que pretende dejar 4mSv/a con restricciones de uso del suelo".
"Ignoramos si el CSN ha cambiado de criterio sobre la calificación jurídica de la zona contaminada de Palomares y considera ya que no es una situación de 'exposición perdurable' sino que es un 'área contaminada', como manifiesta en público, y que por tanto le es de aplicación el R.D. 35/08 que modifica el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas, y la Instrucción IS-13, de 21 de marzo de 2007", asegura para remarcar que es "sumamente relevante que lo aclare". Por último, Ecologistas en Acción solicita a la sala que dé traslado del escrito a la Abogacía del Estado para que, en el plazo de cinco días, "manifieste si son ciertos los documentos y, de ser así, aclare o desvirtúe su contenido".
A lo largo del procedimiento, pendiente de señalamiento para votación y fallo, la Abogacía del Estado ha reconocido ante la Audiencia Nacional que el volumen de tierra contaminada con radioactividad a limpiar en Palomares ha variado con respecto a lo previsto en el plan de rehabilitación aprobado en 2010 para la zona, pero ha negado que esto se deba a una modificación de los criterios radiológicos.