Divulgar información no financiera: 2 claves a tener en cuenta
La divulgación de datos sobre sostenibilidad o ESG es un requisito esencial y un componente fundamental para el avance de las finanzas sostenibles y la transición del modelo económico hacia la sostenibilidad. Recordemos que, sin esta información, los inversores no pueden distinguir entre empresas con modelos de negocio más resistentes y sostenibles ni asignar fondos adecuados a ellas. La "Directiva sobre información no financiera (NFRD)"
Resumimos dos puntos clave de la remodelación de este texto, el texto, cuyas reglas comenzarán a aplicarse a inicios de 2024. España, al igual que el resto de los estados miembros de la Unión Europea, tiene 18 meses para aplicar las normas.
Objetivo CSRD
La normativa que regía esta divulgación en la UE, como la NFRD y su implementación en España mediante la Ley 11/2018, no ha logrado cumplir estos objetivos. La información publicada anualmente por las empresas resulta inapropiada e insuficiente en términos de cantidad, calidad y comparabilidad.
Este escenario llevó a la entrada en vigor a principios de este año, de una norma más ambiciosa y exigente: la Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD), asociados a los European Single Reporting Standard (ESRS).
Estos prevén impactar a un mayor número de organizaciones que la NFRD, lo que incluye empresas de tamaño mediano, cotizadas (excepto microempresas) y grupos consolidados externos a la UE con una facturación anual superior a 150 millones de euros, englobando a más de 50.000 empresas que generan más de la mitad del valor añadido de la economía de la UE.
Su principal objetivo es mejorar la divulgación de información sobre sostenibilidad de las empresas mediante:
- Aumento en la cantidad de información proporcionada. Las organizaciones deberán compartir una gama más amplia de elementos relacionados con ESG, incluso si no están directamente sujetas a CSRD pero están en la cadena de valor de la empresa que realiza el informe.
- Mejora de la calidad de la información, mediante la introducción de indicadores y métricas más claras respaldadas por datos.
- Mayor credibilidad de la información mediante una diligencia debida más rigurosa y la exigencia de verificación externa.
- Promoción de la homogeneidad de la información. Los ESRS se han estandarizado para toda la UE, sin posibilidad de modificación por parte de los países al implementar la CSRD.
- Mayor comparabilidad de la información, con un formato y contenido temático uniforme para todas las organizaciones. Además, se establecen normas para mejorar la conexión con las cuentas financieras y se requerirá una divulgación digital unificada a través de un repositorio centralizado de cuentas (European Single Access Point).
Los ESRS y su obligatoriedad
Los llamados ESRS son, como decimos, los nuevos requerimientos de divulgación ESG para las empresas europeas. Una normativa a las que las empresas obligadas por la NFRD estarán sujetas desde 2025.
Divididos en dos bloques, los ESRS 1 abordan los requisitos generales de información de sostenibilidad conforme a lo establecido en la CSRD, y a diferencia de los ESRS 2, no incluyen los requisitos de divulgación. Su objetivo principal es facilitar la comprensión de la estructura de ESRS, las normas de redacción y los conceptos esenciales utilizados, como la doble materialidad y la cadena de valor, entre otros.
Las normas ESRS están sujetas a un análisis de materialidad, conforme a lo establecido por el CSRD. Un análisis de relevancia que resulta crucial, sirviendo como punto de entrada a los informes de sostenibilidad, donde solo se deben incluir los asuntos materiales y la información derivada del proceso de evaluación.
[Este contenido procede de GDEmpresa. Lee el original aquí]