España quiere evitar la sanción europea por el retraso en el cierre de vertederos ilegales
España intentará convencer en los próximos dos meses a la Comisión Europea de que el retraso en el cierre de vertederos ilegales no es causado por la dejación sino que responde a "circunstancias complejas" y frenar así el proocedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea, que el pasado jueves lanzó un ultimátum para que se cierren los vertederos de residuos que no cumplen la normativa europea y cuyo plazo para ser clausurados concluía en 2009.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente coordinará pues una respuesta de las autoridades administrativas competentes a dicho Dictamen Motivado, para frenar el procedimiento de infracción.
Entre las causas que señalan de la tardanza alegan el retraso en la construcción y autorización de las infraestructuras alternativas, la lentitud intrínseca de los procedimientos sancionadores a los gestores de los vertederos (por vía administrativa o penal) o dificultades para la ejecución de las órdenes de cese de actividad y de clausura de vertederos ante la ausencia de alternativas.
Según el dictamen motivado (segunda etapa del procedimiento de infracción) que la Comisión Europea remitió la semana pasada a España, en caso de que en dos meses no se adopten medidas, Bruselas podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE, lo que podría derivar en sanciones económicas. La normativa comunitaria obliga a los Estados a clausurar como muy tarde en julio de 2009 aquellos vertederos autorizados antes de la adopción de la directiva sobre vertido de residuos, a menos que se ajustaran a dicha directiva.
El Ejecutivo comunitario constató que una serie de vertederos españoles siguen funcionando tras la fecha límite de 2009, vulnerando la legislación de la UE. Por ello, envió una carta de emplazamiento a las autoridades españolas.
Medio Ambiente ha indicado que los dos próximos meses el Ministerio trabajará para actualizar la información disponible en las comunidades autónomas y comprobará los vertederos que todavía no están adaptados o cerrados a día de hoy. Además, promoverá que las comunidades autónomas adopten las medidas necesarias, con plazos concretos, para que todos los vertederos todavía no adaptados lo hagan en el plazo más breve posible, o se cierren inmediatamente si su adaptación no es posible.
Según los datos remitidos por las comunidades autónomas al Ministerio, en 2008 existían 42 vertederos de residuos urbanos activos sin autorización alguna bajo la legislación de residuos. De estos, a día de hoy, han sido cerrados y sellados 31, por lo que quedan 11 vertederos que, aunque ya no admiten residuos, aún no han finalizado las actuaciones para su sellado definitivo y restauración del espacio afectado.
De este modo, hay vertederos que han operado con algún tipo de autorización bajo la normativa de residuos de modo que, a fecha de diciembre de 2010, había 22 vertederos de residuos no peligrosos (una de las tres categorías en que se dividen los vertederos según la Directiva 1999/31/CE) y 54 vertederos de residuos inertes, pendientes de adaptación.
En mayo de 2012 y según la información de las comunidades autónomas, de los 22 vertederos de residuos no peligrosos, 12 estaban ya regularizados y quedan 4 activos, que están "a punto de suspender su actividad o regularizar su situación" y 6 "inactivos, pendientes de su sellado definitivo". Respecto a los 54 vertederos de residuos inertes, 18 estaban regularizados en mayo de 2012, de modo que quedan 26 activos, pendientes de adecuación y otros 10 inactivos pendientes de sellado.
El Ministerio alega que desde 2009 no se ha dejado de trabajar para poder adaptar los vertederos a los requisitos o cerrarlos. En este contexto, recuerda la adopción de un plan de acción sobre vertederos ilegales de residuos en España (31 de julio de 2008), la aprobación del Real Decreto 1974/2008 y del Real Decreto 1823/2009 por los que se concedieron subvenciones a las CCAA para la clausura de vertederos ilegales en sus territorios (55 vertederos en el caso del RD 1974/2008 y 49 vertederos en el RD 1823/2009). Así, las autoridades apuntan que las obras subvencionadas mediante estos reales decretos se extiende a períodos que con frecuencia abarcan tres y cuatro años.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente coordinará pues una respuesta de las autoridades administrativas competentes a dicho Dictamen Motivado, para frenar el procedimiento de infracción.
Entre las causas que señalan de la tardanza alegan el retraso en la construcción y autorización de las infraestructuras alternativas, la lentitud intrínseca de los procedimientos sancionadores a los gestores de los vertederos (por vía administrativa o penal) o dificultades para la ejecución de las órdenes de cese de actividad y de clausura de vertederos ante la ausencia de alternativas.
Según el dictamen motivado (segunda etapa del procedimiento de infracción) que la Comisión Europea remitió la semana pasada a España, en caso de que en dos meses no se adopten medidas, Bruselas podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE, lo que podría derivar en sanciones económicas. La normativa comunitaria obliga a los Estados a clausurar como muy tarde en julio de 2009 aquellos vertederos autorizados antes de la adopción de la directiva sobre vertido de residuos, a menos que se ajustaran a dicha directiva.
El Ejecutivo comunitario constató que una serie de vertederos españoles siguen funcionando tras la fecha límite de 2009, vulnerando la legislación de la UE. Por ello, envió una carta de emplazamiento a las autoridades españolas.
Medio Ambiente ha indicado que los dos próximos meses el Ministerio trabajará para actualizar la información disponible en las comunidades autónomas y comprobará los vertederos que todavía no están adaptados o cerrados a día de hoy. Además, promoverá que las comunidades autónomas adopten las medidas necesarias, con plazos concretos, para que todos los vertederos todavía no adaptados lo hagan en el plazo más breve posible, o se cierren inmediatamente si su adaptación no es posible.
Según los datos remitidos por las comunidades autónomas al Ministerio, en 2008 existían 42 vertederos de residuos urbanos activos sin autorización alguna bajo la legislación de residuos. De estos, a día de hoy, han sido cerrados y sellados 31, por lo que quedan 11 vertederos que, aunque ya no admiten residuos, aún no han finalizado las actuaciones para su sellado definitivo y restauración del espacio afectado.
De este modo, hay vertederos que han operado con algún tipo de autorización bajo la normativa de residuos de modo que, a fecha de diciembre de 2010, había 22 vertederos de residuos no peligrosos (una de las tres categorías en que se dividen los vertederos según la Directiva 1999/31/CE) y 54 vertederos de residuos inertes, pendientes de adaptación.
En mayo de 2012 y según la información de las comunidades autónomas, de los 22 vertederos de residuos no peligrosos, 12 estaban ya regularizados y quedan 4 activos, que están "a punto de suspender su actividad o regularizar su situación" y 6 "inactivos, pendientes de su sellado definitivo". Respecto a los 54 vertederos de residuos inertes, 18 estaban regularizados en mayo de 2012, de modo que quedan 26 activos, pendientes de adecuación y otros 10 inactivos pendientes de sellado.
El Ministerio alega que desde 2009 no se ha dejado de trabajar para poder adaptar los vertederos a los requisitos o cerrarlos. En este contexto, recuerda la adopción de un plan de acción sobre vertederos ilegales de residuos en España (31 de julio de 2008), la aprobación del Real Decreto 1974/2008 y del Real Decreto 1823/2009 por los que se concedieron subvenciones a las CCAA para la clausura de vertederos ilegales en sus territorios (55 vertederos en el caso del RD 1974/2008 y 49 vertederos en el RD 1823/2009). Así, las autoridades apuntan que las obras subvencionadas mediante estos reales decretos se extiende a períodos que con frecuencia abarcan tres y cuatro años.