La Audiencia Nacional revoca una sentencia que el Ministerio impuso a una empresa por vertidos de aguas residuales
La Audiencia Nacional ha anulado y revocado una sanción de 68.363 euros que el Ministerio de Medio Ambiente impuso en el año 2008 a la sociedad anónima Saneamientos del Curtido (Sacursa) de Lorca por vertidos de aguas residuales de las industrias del curtido de piel al cauce del río Guadalentín.
En la sentencia el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Número Seis de la Audiencia Nacional, estima el recurso presentado por Sacursa contra una decisión del Ministerio de Medio Ambiente que sancionó a esta entidad con una multa de 59.500 euros por la comisión de una infracción grave contra la Ley de Aguas, por vertido de aguas residuales al río, incumpliendo una autorización administrativa y causando daños al dominio público hidráulico por 9.000 euros.
Entre el 3 y el 8 de julio de 2008 se tomaron las muestras de una estación depuradora cuya titularidad el Ministerio atribuyó entonces a Sacursa, si bien esa instalación es de titularidad municipal desde 2007 y su gestión y explotación corresponde a la empresa Aquagest Levante S.A.
El mismo argumento jurídico es el esgrimido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en otra reciente sentencia que anula otra multa impuesta por la Confederación Hidrográfica del Segura a Sacursa, también por vertidos.
En este caso la sanción interpuesta en 2008 fue de 10.000 euros por el vertido de aguas residuales y se estableció además una obligación de pago de 1.478 euros en concepto de daños al dominio público hidráulico.
Sacursa tiene abiertos y recurridos otros seis expedientes sancionadores por los mismos motivos que ahora han sido revocados en estas sentencias de la Audiencia Nacional y el TSJ.
En la sentencia el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Número Seis de la Audiencia Nacional, estima el recurso presentado por Sacursa contra una decisión del Ministerio de Medio Ambiente que sancionó a esta entidad con una multa de 59.500 euros por la comisión de una infracción grave contra la Ley de Aguas, por vertido de aguas residuales al río, incumpliendo una autorización administrativa y causando daños al dominio público hidráulico por 9.000 euros.
Entre el 3 y el 8 de julio de 2008 se tomaron las muestras de una estación depuradora cuya titularidad el Ministerio atribuyó entonces a Sacursa, si bien esa instalación es de titularidad municipal desde 2007 y su gestión y explotación corresponde a la empresa Aquagest Levante S.A.
El mismo argumento jurídico es el esgrimido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en otra reciente sentencia que anula otra multa impuesta por la Confederación Hidrográfica del Segura a Sacursa, también por vertidos.
En este caso la sanción interpuesta en 2008 fue de 10.000 euros por el vertido de aguas residuales y se estableció además una obligación de pago de 1.478 euros en concepto de daños al dominio público hidráulico.
Sacursa tiene abiertos y recurridos otros seis expedientes sancionadores por los mismos motivos que ahora han sido revocados en estas sentencias de la Audiencia Nacional y el TSJ.
Vía EFE
Foto de José Carlos Cotizo (cc)
Lorca, Murcia