Ley de Residuos: un salto hacia el cambio con luces y sombras
De los residuos, como de la muerte, en esta sociedad de hiperconsumo suicida no se quiere hablar. Se mira para otro lado o, los más conscientes, nos lavamos la mala conciencia separándolos y llevándolos al contenedor correspondiente. Del resto del proceso, el antes y el después, nos desentendemos: «no está en nuestras manos».
Y así nos va. Muchos analistas y ciudadanos se preguntan con las manos en la cabeza dónde estaría nuestro país en materia medioambiental si no fuese por la Unión Europea y sus directivas de obligado cumplimiento. Incluso así, España está siempre en el punto de mira por sus incumplimientos. Es más, según un informe de SEO/BIRDLIFE, en 2018 nuestro país se situaba a la cabeza de los expedientes abiertos por infracciones en este terreno. Con los Gobiernos que siguieron a partir de entonces las cosas han mejorado notablemente, pero no deja de ponerse en evidencia que nuestro país sigue evolucionando a rastras a partir de directivas que, por otra parte, nada tienen de revolucionarias.
El ejemplo lo tenemos con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. «Agridulce» es el término con el que resume su valoración la Alianza Residuos Cero, de la que forman parte, además de Ecologistas en Acción, Greenpeace, Surfrider España, Rezero, Retorna y Amigos de la Tierra. Para la ARC se ha perdido la oportunidad de reforzar y apuntalar lo fundamental, la reducción de residuos, un paso imprescindible en la lucha frente a la crisis ecosocial y la emergencia climática.
Lo mejor de la ley
- Su propia existencia. Contar por fin con una ley de referencia fundamental para el desarrollo de normativas.
- Prohibición de 10 productos de plástico de un solo uso como vasos, cubiertos, platos, pajitas, bastoncillos, etc.
- Prohibición de los principales disruptores endocrinos en los envases.
- Fomento de la venta a granel y aceptación de recipientes reutilizables de los consumidores.
- Prohibición de la destrucción de excedentes no perecederos como textiles, juguetes y electrónica.
- Fomento del consumo de agua no embotellada. Bares y restaurantes deberán ofrecerla de manera gratuita.
- Se obliga a los ayuntamientos a implantar el contenedor marrón de restos orgánicos (antes del 30 de junio de 2022 para municipios de más de 5000 habitantes; para el resto, hasta del comienzo de 2024)
- Organización urgente de la retirada del amianto por parte de los ayuntamientos.
- Se abre la puerta, por fin, al sistema de depósito, devolución y retorno de envases (SDDR), lo que antes conocíamos como «devolución del casco», aunque no incluye, atención, los cascos de vidrio, el origen del término.
- Se avanza en la responsabilización de los productores, que se verán obligados a asumir los costes del tratamiento de residuos que generan, lo que supone que la ciudadanía, por fin, dejará de asumir estos costes. Desafortunadamente se dejan fuera sectores importantes (higiene íntima, monodosis, juguetes, etc.)
- Aumenta la fiscalidad ambiental de los vertidos, incineración, etc. con un nuevo impuesto que desanime estas prácticas.
Aspectos mejorables de la ley
- No incide lo suficiente en lo fundamental: la reducción y prevención de residuos en origen. Sin esto, la insistencia en el reciclaje es un error porque no garantiza un uso eficiente de los recursos y la energía. No se contempla siquiera el fomento de los envases reutilizables.
- La implantación del SDDR se dilata demasiado en el tiempo, seguramente hasta 2027.
[Este contenido ha sido publicado parcialmente en El Salto. Lee el original aquí]