Cataluña: Convocadas ayudas para restaurar espacios afectados por vertidos industriales
La Agència de Residus de Catalunya ha publicado las bases de las ayudas para mitigación y restauración de espacios contaminados, cuyo texto completo puede consultarse al final de esta información. La finalidad principal de esta subvención es apoyar económicamente a las administraciones públicas de Cataluña para suelos de su propiedad afectados por vertidos de residuos industriales (incluidos los residuos asimilables a municipales).
Esta línea de subvención incluye las acciones que promuevan la retirada y el saneamiento, en su caso, de los lugares donde se encuentran vertidos residuos industriales (incluidos los residuos asimilables a municipales).
Los suelos donde se localizan los vertidos deben ser propiedad de las administraciones públicas de Cataluña que solicitan la subvención, y el vertido de residuos debe tener un causante desconocido o al que no se puedan imputar las acciones objeto de esta subvención, de acuerdo con el régimen de responsabilidad establecido en el artículo 19 del Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio (principio de “quien contamina paga”).
Se entiende por causante desconocido cualquier persona jurídica o física desconocida o desaparecida o insolvente. El destino posterior del suelo deberá enmarcarse dentro de los usos de interés público, de acuerdo con las competencias del titular del suelo.
Beneficiarios
Pueden optar a las subvenciones reguladas en estas bases las administraciones públicas de Cataluña que tengan la titularidad de los suelos afectados por vertidos de residuos industriales (incluidos los asimilables a municipales) de causante desconocido.
Plazos de ejecución
- El plazo de ejecución de las acciones de recuperación de espacios con vertidos incontrolados será como máximo de 24 meses.
- El plazo de ejecución de las acciones de prevención o mitigación de la contaminación encaminadas a minimizar los impactos ambientales adversos mientras no se pueda desarrollar la retirada de residuos será como máximo de 12 meses.
Cuantía de las ayudas
Las ayudas serán dinerarias. La cuantía de las subvenciones deberá respetar los importes máximos siguientes:
- Para las acciones encaminadas a la retirada y gestión de los residuos industriales (incluidos los asimilables a municipales) abandonados: el importe a subvencionar podrá ser del 100% del coste de ejecución, con un máximo de cincuenta mil euros (50.000,00 €).
- Para las acciones de prevención o mitigación de la contaminación encaminadas a minimizar los impactos ambientales adversos mientras no se pueda desarrollar la retirada de residuos: el importe a subvencionar podrá ser del 100% del coste de ejecución, con un máximo de diez mil euros (10.000,00 €).
Bases de la convocatoria a texto completo en PDF disponibles aquí: Resolución TER 3290/2024
[Este contenido procede de Agència de Residus de Catalunya]