Cataluña: Convocadas subvenciones a proyectos de economía circular en el ámbito de residuos
El 13 de julio de 2020, se ha publicado la Resolución EMC/1653/2020 que contiene las Bases a las Ayudas a la investigación industrial y el desarrollo experimental para proyectos y/o actividades de economía circular, especialmente en el ámbito de los residuos. Se trata de ayudas a fondo perdido, de hasta 150.000 euros, para proyectos que incentiven la realización de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental en proyectos de Economia Circular.
Requisitos de los beneficiarios
Los beneficiarios de las ayudas son las empresas con ánimo de lucro y con sede operativa en Cataluña constituidas con más de 4 años de antigüedad a la fecha de petición de la ayuda.
Además, deberán satisfacer las siguientes condiciones:
- No podrá tratarse de Agentes del sistema R+D+I, definidos en el apartado 3 del Anexo II de las Bases (esencialmente, centros de investigación y de R+D públicos o sin ánimo de lucro). Tampoco podrán acogerse a estas ayudas las empresas en las que dichas entidades dispongan de un capital superior al 25%.
- En caso de tratarse de un proyecto con entidades cooperadoras, éstas deberán tener sede operativa en Cataluña, Alemania, Reino Unido, Países Bajos, Dinamarca, Finlandia o Canadá.
- No podrán superarse los límites establecidos para las ayudas de mínimos, y en consecuencia, no podrá adjudicarse a una misma empresa, en tres ejercicios consecutivos, un importe por ayudas superiores a 200.000 euros, o bien superiores a 100.000 euros para empresas con la actividad de transporte por carretera. Tampoco podrá estar la empresa sujeta a resolución previa de la Comisión por la que se haya declarado ilegal alguna ayuda percibida.
- Deberán cumplirse estrictamente todas las obligaciones laborales de la empresa, especialmente las relativas a integración de personal con discapacidad, prevención del acoso laboral, prevención de riesgos laborales, y promoción de la igualdad. No podrán otorgarse ayudas a empresas con incumplimientos en materia tributaria y/o de seguridad social, o bien que hayan sido sancionadas por incumplimiento de las referidas obligaciones de igualdad y prevención de la discriminación o el acoso.
- La empresa deberá encontrarse en una situación de suficiencia financiera, de conformidad con lo establecido en el Reglamento UE 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Aspectos subvencionables
Las ayudas deben ser destinadas a:
- Investigación industrial: se entiende como tal la investigación planificada o los estudios críticos para adquirir o desarrollar nuevos productos, procesos o servicios (por ejemplo, construcción de prototipos, simulación de entornos o implantación de líneas piloto).
- Desarrollo experimental: la adquisición, combinación y uso de conocimientos o técnicas ya existentes de índole científica, tecnológica o empresarial, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.
- Puede tratarse de proyectos a desarrollar e implantar por parte del solicitante o de un tercero. En todo caso, deberán fijarse como objetivos que los materiales resultantes del proceso permanezcan la mayor cantidad de tiempo posible en uso, que se produzcan el mínimo de residuos posibles, que se encamine a maximizar la eficiencia de los recursos, y que se trate de un proceso que sirva para recuperar residuos y/o para minimizar el número de éstos que se depositan en vertedero.
- Los proyectos deben tener un gasto subvencionable aceptado mínimo de 150.000 euros.
- La actividad subvencionada deberá iniciarse con posterioridad a la ayuda, y deberá finalizarse en un máximo de tres años desde dicha fecha.
- Los proyectos deberán enmarcarse en alguna línea estratégica del RIS3CAT (disponibles aquí).
- Los proyectos deberán llevarse a cabo en Cataluña, y deben ser financieramente viables.
- Gastos de personal técnico (no incluye personal en prácticas ni administrativo), cuando estén en nómina del solicitante y con una imputación de hasta el 80% de su jornada.
- Gastos por colaboraciones externas:
- Gastos de investigación o desarrollo tecnológico contractual.
- Contratación externa para trabajos de ingeniería o diseño.
- Ensayos y pruebas en laboratorio.
- Gastos indirectos: hasta el 7% de los gastos directos de personal subvencionable.
- Gastos por el informe de justificación: hasta 1.500 euros.
Más información y convocatoria disponible en este enlace: Línea de ayudas a investigación industrial Cataluña
[Este contenido procede de Gremi de Recuperació de Catalunya]