Cataluña: Novedades legislativas en materia de residuos

Las medidas más relevantes en materia de residuos con la aprobación de la Ley 5/2020, de acompañamiento al presupuesto, son las siguientes:
1. Modificación del canon de residuos
- Se modifica la Ley 8/2008, en el sentido ya anunciado, y se establece que el 50% de los fondos recabados con la aplicación de dicho canon, deben destinarse al tratamiento de la fracción orgánica recogida selectivamente, así como a la financiación de las infraestructuras previstas en el Pla territorial sectorial d'infraestructures de gestió de residus municipals , debiéndose destinar el resto a la recogida selectiva de otras fracciones y debiendo garantizarse, en todo caso, que el 2% de dichos recursos se destinan a acciones de infraestructura verde y de mejora ambiental territorial. En relación con los fondos procedentes del canon de la deposición controlada de residuos de construcción, deben destinarse a las operaciones de valorización y optimización de la gestión de dichos residuos, y también a la promoción e investigación de aplicaciones de los materiales recuperados y debiendo garantizarse, en todo caso, que el 2% de dichos recursos se destinan a acciones de infraestructura verde y de mejora ambiental territorial. Igualmente, se establece que la distribución de los fondos sobre canon de residuos industriales, deben destinarse a estudios de prevención y tecnologías nuevas para el tratamiento de los residuos (máximo 10%), a actuaciones de ejecución subsidiaria de gestión llevadas a cabo por parte de la Agencia de Residuos y a otras actividades relacionadas con los residuos industriales (máximo 40%), y el resto debe destinarse a actuaciones de prevención, y debiendo garantizarse, en todo caso, que el 2% de dichos recursos se destinan a acciones de infraestructura verde y de mejora ambiental territorial.
- Se modifican los tipos de gravamen, de manera que se fijan en los siguientes importes:
- 71,60 € por tonelada de fracción de resto de residuo municipal destinado a depósito controlado.
- 35,80 € por tonelada de fracción de resto de residuo municipal destinado a incineradora.
- Se establecen nuevos tipos de gravamen a concretar anualmente en la Ley de presupuestos
2. Se modifica la Ley de Residuos de Catalunya, aprobada por el Decret legislatiu 1/2009
- Se modifica el artículo 147, con el fin de adaptar su redacción a supresión de las fianzas ya comentada en anteriores notas informativas, como consecuencia de la aprobación de los Decretos Ley 11/2020 y 13/2020.
- Se añade una disposición adicional cuarta, en virtud de la cual se impone la obligación de utilización de un mínimo del 5% de áridos reciclados procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición, en los proyectos y construcción de obra pública y privada. Ello, salvo que las características de la obra no permitan el uso de este tipo de material, en cuyo caso deberá dejarse constancia y justificación de dicha circunstancia en el proyecto. Se habilita al titular del Departament (Conseller), con el fin de que establezca a través de la Orden correspondiente, los requisitos para la valorización de los residuos de construcción y demolición.