Centro Preparación para Reutilización de Residuos de aparatos eléctricos
Con el nuevo Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se regula la figura del Centro de Preparación para Reutilización, pero solo para el ámbito de los Residuos Aparatos Eléctricos y Electrónicos. Hay ciertos aspectos de interés antes de plantear uno de estos centros.
A nivel de autorizaciones
- Se considera una instalación de tratamiento de residuos. Y en función del tipo, tendrán la consideración de peligrosos lo que puede conllevar fianzas y seguros a establecer por la comunidad autónoma.
- Por lo anterior, "teóricamente" los ayuntamientos no podrán aplicarle regímenes "ágiles" para empezar la actividad (declaraciones responsables, comunicaciones previas, etc.)
- Intenta ubicarte en polígono industrial y realizar toda la actividad en interior de nave (te quitarás la posibilidad de evaluación de impacto ambiental).
A nivel de qué significa ser un CPR
Un centro de preparación para la reutilización (CPR) realizará las tareas correspondientes de:
- verificación,
- segregación,
- reparación,
- limpieza,
- contará con una red comercial al público que informe que se trata de aparatos recuperados a partir de RAEE,
- además de un servicio postventa de garantía y reparación de los aparatos que vende.
Este centro será, a su vez, el responsable de la recogida de los RAEE así como de asegurar su trazabilidad.
El Real Decreto te indica que solo podrás reutilizar los diferentes aparatos en el caso de tener una etiqueta energética B o superior en el caso de frigoríficos, congeladores, lavadoras y lavavajillas y etiqueta C o superior en aparatos de aire acondicionado y secadoras.
Sobre las televisiones también indica: las pantallas de tubos de rayos catódicos sólo podrán ser preparadas para su reutilización hasta el 1 de enero de 2016. Además te avisan "No es recomendable la preparación para la reutilización de pantallas de tubos de rayos catódicos que implique su apertura, debido a la presencia de revestimientos fluorescentes de fósforo".
En el RD 110/2015, en su Anexo IX (el real decreto tiene dieciocho anexos) viene casi todos los requisitos de funcionamiento y equipamiento que se necesita como mínimo para montar uncentro preparación para reutilización de residuos de aparatos eléctricos . A modo de índice:
- Criterios para clasificar los RAEE para la preparación para la reutilización
- Requisitos de un centro o instalación de preparación para la reutilización
- Procedimientos de preparación para la reutilización
- Información del proceso
- Requisitos de la posventa
Como se observa está casi todo lo necesario para ponerlo en marcha, e incluso presupuestar lo que puede costarte la infraestructura básica. A modo orientativo, la recomendación es una implantación de un sistema de gestión de la calidad y de gestión ambiental en el CPR, te generará las herramientas de control para cumplir con todos estos requisitos, más aquellos que la comunidad autónoma y el ayuntamiento imponga.
Comentarios a los Criterios para clasificar los RAEE para la preparación para la reutilización
En este apartado es donde dicen que no podrás reutilizar lavadoras de etiqueta energética C, por ejemplo. Además indican en qué has de fijarte en la primera inspección visual.
Comentarios a los Requisitos de un centro o instalación de preparación para la reutilización
Explica las condiciones mínimas que ha de cumplir la instalación de agua y eléctrica de la actividad. Y, teniendo en consideración la prevención de riesgos laborales, prioriza el disponer herramientas eléctricas y señala los EPIs mínimos a disponer.
Comentarios a los Procedimientos de preparación para la reutilización
Aquí se menciona la necesidad de disponer de un "responsable técnico" cuya formación o requisitos mínimos no están determinados en la legislación. Se presupone que debe tener experiencia y/o formación en la supervisión y valoración de los datos de las diferentes fases que conlleva la preparación para reutilización:
- Test de seguridad eléctrica
- Test de funcionamiento
- Eliminación de datos personales
- Extracción/actualización de software
- Reparación (preferentemente piezas originales)
- Limpieza (con protocolo propio y con productos respetuosos con el medio ambiente)
- Preparación para la venta y etiquetado (Sistema de código de barras)
Comentarios a la Información del proceso
Se obliga a disponer de un software para la trazabilidad y que dicho programa estará conectado a la plataforma online de la Administración. Esta plataforma la pagará al 55% el Ministerio y el resto los productores de aparatos eléctricos y electrónicos.
En el caso de no existir, se debe remitir a la comunidad autónoma una memoria anual en formato electrónico. Su contenido es el señalado en el anexo XII (más las tablas 1 y 2).
La idea es que el software que te obligan a tener, genere de forma automática esa memoria y las tablas y que puedas exportarlo a XML para su envío electrónico. El software ha de ser compatible con la plataforma de la Administración.
Comentarios a los Requisitos de la posventa
En este punto, se señalan que te es de aplicación la normativa de Defensa de los Consumidores. Esto es: garantía, tiempo, condiciones, devoluciones del importe durante 6 meses, etc.
Más información acerca del nuevo Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.